martes, 16 de octubre de 2007

Asoectos legales para la constitucion de empresas. Libertad de industria y Comercio.

LA PATENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO:
Es una prestacion exigida en dinero por el municipio a las personas publicas y privadas que realizan en la jusrisdiccion municipal una actividad industrial, comercial, de servicio o de indole semejante, establecida mediante una ordenanza que se destina a financiar los gastos publicos municipales.

Por otra parte es territorial, ya que recae en actividades de ambito fisico. Es un impuesto indirecto.Ademas es una licencia que debe ser solicitada por escrito, y su tramitacion causara una tasa.

Son contribuyentes residentes quienes tienen su establecimiento visible y legible; son contribuyentes Transeuntes quienes la llevan personalmente.

Los requisitos para solicitarla son:
  1. El nombre, firma personal, o razon social y datos de registro de comercio si se tiene
  2. La clase o clases de actividades
  3. Ubicacion exacta del inmueble
  4. El domicilio del contribuyente y de su representante legal
  5. La distancia en que se encuentre el establecimiento de lugares como hospitales, estaciones de gasolina, templos religiosos, entre otros
  6. La direccion postal o telegrafica del contribuyente

Con esta solicitud se deberan presentar ademas:

  1. Registro de Comercio o documento constituvo
  2. original y copia de documentos de identidad personal
  3. Numero de inscripcion en el registro de informacion fiscal (RIF)

En caso de cambio de domicilio se debera comunicarlo y llevar copia del nuevo contrato de arrendamiento.

En caso de suspencion de la licencia, llevar un oficio dirigido al superintendente explicando el motivo de cierre o suspencion de la misma.

PATENTE PARA EXPENDER BEBIDAS ALCOHOLICAS

Las autorizaciones para el expendio de bebidas alcoholicas seran otorgadas por las alcaldias de conformidad con las normas que establezcan las ordenanzas respectivas sin perjuicio de lo establecido en las leyes que rigen en materia municipal.

Las industrias relacionadas y especies alcoholicas, fabricacion y las fabricas de aparatos de destilacion, solo podran funcionar mediante el previo registro en la oficina de administracion tributaria Nacional de su domicilio fiscal.

La patente es una cedula que otorga el titular del ejecutivo a personas naturales o juridicas para que se dediquen a la venta y distribucion de bebidas alcoholicas.

Para solicitar esta patente se requiere:

  • Croquis de ubicacion del establecimiento
  • Datos personales y del domicilio
  • No tener antescentes penales

Los requiesitos para la renivacion anual de autorizacion para expendio de bebidas alcoholicas son:

  1. Licencia del expendio de licores
  2. RIF del titular de la licencia
  3. CI del representante legal
  4. Licencia de actividades economicas vigente al momento de la renovacion
  5. Permiso sanitario del establecimiento vigente al momento de la renovacion
  6. Certificado del cuerpo de bomberos del establecimiento vigente para el momento de la renovacion
  7. Forma 16 cancelada en el banco por la cantidad de 20 UT al valor actual (Bs 752.640,00)
  8. Constancia de pago de ultima renivacion anual
  9. Timbres fiscales por un valor de 0.3+0.2 UT actual para efectos de constancia (Bs 12.340,00)
  10. Constancia de zonoficacion vigente al momento de la renovacion
  11. Solvencia municipal del expendio, vigente al momento de la renovacion
  12. Acta de asamblea de ciudadano, consignada por la junta parroquial, quien fungirá como aval de la comunidad afectada vigente al momento de la renovacion

Toda la documentacion debera presentarse ante el SAMAT, area de Licores, en original y una (01) copia.

Las obligaciones del propietario del establecimiento son:

  1. Tener toda la documentacion a la vista
  2. Estar al dia con el pago de la patente
  3. No permitir el consumo de licor dentro del establecimiento

EL COMERCIO

Es un intercambio de actividades economicas entre varias personas. Es mas frecuente en la economia informal; donde el propietario es quien aporta todo el capital para realizar determinada actividad economica.

LOS COMERCIANTES: Son quienes ejercen profesionalmente en nombre propio y con fines de lucro cualquiera de las siguientes actividades:

  • Industria dirigida a la produccion de bienes o de servicios
  • La intermediaria en la circulacion de bienes y servicios
  • La de transporte por tierra, por agua o por aire
  • La bancaria o de seguro
  • Otras auxiliares de las precedentes

Los tipos de comerciantes son:

  1. Individuales: Son aquellas personas naturales que ejercen el comercio
  2. Sociales: Son sociedades constituidas que ejercen el comercio, como las Sociedades Mercantiles: S.R.L, S.A, etc..

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